MAGALLANES FREIGHT FORWARDER CHILE S.A.

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Datos de Contacto

Dirección: Ahumada 312, Of. 228, Santiago
Fono: (56-2…Ver Completo
Web: Ver Homepage

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Sobre la Empresa | MAGALLANES FREIGHT FORWARDER CHILE S.A.

Como Operar con Nosotros

Procedimiento para Exportadores

El exportador debe tomar contacto con el comprador extranjero y enviarle una proforma con las características y especificaciones de la mercancía, formas de pago (contra documento, cartas de crédito, cobranza, etc.). Luego de ser aceptada la proforma por el comprador se procede al pago, recibida la confirmación del pago se debe enviar a Magallanes Forwarder Chile S. A. el instructivo de embarque, el mandato de exportación y la facturas de exportación en dólares timbrada por impuestos internos.

Tramitación bancaria, comienza en el Banco Central, con la inscripción como exportador, presentación del informe de exportación, el cual una vez autorizado, permite preparar el embarque.

Tramitación Aduanera, comienza con la reserva de espacio en la compañía naviera o aérea, programación del embarque, y consolidación del contenedor, si procede y el traslado al puerto de embarque al sitio de staking, el cual se efectúa con la respectiva orden de embarque aceptada por aduana, la que debe ser confeccionada por un agente de aduana, y previa revisión del fiscalizador de aduanas, puede ingresar, si tiene aforo físico, se revisa físicamente la mercancía, posteriormente se procede a embarcar en la embarcación que procede.

La compañía naviera debe entregar la orden de embarque cumplida con los B-L numerados y fletados, para proceder a cancelar la orden de embarque con la confección de la Declaración de Exportación. Nota: La Agencia de Aduana confecciona los conocimientos de embarques y los certificados de origen si son requeridos por el comprador y estos certificados son visados por la SOFOFA, SAG, o SERNAP según corresponda.

La operación termina con la entrega de los documentos al banco comercial correspondiente para que proceda a enviarlos al consignatario o al banco corresponsal, además de proceder el banco al pago de los dólares de retorno, luego viene la solicitud de reintegro si procede, si procede y la devolución del IVA involucrado por parte de tesorería (el reintegro procede siempre y cuando el producto no se encuentre en el listado de excepciones de reintegro). El reintegro se liquida o informa al Banco Central de Chile a través del banco comercial, plazo 270 días.

Procedimiento para Importadores

El importador debe tomar contacto con el proveedor extranjero, el cual a través de la proforma con los valores y descripción de la mercancía ofrece el producto, señalando las condiciones de pago (Carta de Crédito, Cobranza, Etc.) y la cláusula de compra FOB, CIF o CYS.

El Comprador da su conformidad, enviando la orden de compra y confirmando la apertura de la Carta de Crédito o transferencia bancaria, Etc. La tramitación bancaria se efectúa a través del banco comercial con el cual opera el cliente y una vez aprobada la carta de crédito, éste notifica al banco corresponsal en el exterior y éste a su vez notifica al proveedor para que proceda a embarcar. Toda esta tramitación la realiza Magallanes Forwarder Chile S. A.

Tramitación Aduanera; Confección de la Declaración de Ingreso y presentación vía EDI al Servicio de Aduanas, pago y retiro de las mercaderías, previa provisión de fondos del cliente. La tramitación se puede presentar con Tramite Anticipado, antes que llegue la nave o aeronave para retiro directo de buque o camión o tramitación normal, según instrucciones del importador, siempre que se cuente con los documentos de base.

La Normativa Aduanera permite dos opciones respecto al pago de los derechos: a) Declaración de ingresos con pago de los derechos de inmediato, b) presentación de régimen suspensivo con declaración de Almacén Particular, sistema por el cual el Servicio de Aduanas permite retirar las mercancías a la bodega del importador, sin pagar los derechos, solamente con el objeto de almacenar, no se puede hacer uso, ni consumo de la mercancía, mientras no se cancelen los derechos del IVA. El sistema de Almacén Particular establece un plazo de 90 días para cancelar los derechos, siendo los primeros 30 días libres sin pago y del día 31 al 90 paga un interés bancario. Dentro de este plazo se permite hacer abonos al régimen suspensivo de derechos.

La operación termina con la cobertura en el banco comercial y la remesa al exportador de las divisas correspondientes.

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